El 2 de enero de 2021 entró en vigor el nuevo Real Decreto que regula la circulación de los patinetes eléctricos. El patinete ha sido definido como Vehículo de Movilidad Personal, o lo que es lo mismo, vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos.
La nueva regulación bajo la que se rige el tráfico de patinetes eléctricos fue aprobada en Consejo de Ministros el 10 de noviembre de 2020, e incluye, entre otras cosas, la prohibición de circular por aceras o zonas peatonales. Tampoco podrán circular por túneles, vías interurbanas, travesías, autopistas o autovías. Además, la velocidad de circulación máxima se fija en 25 km/h.
El Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de Circulación también comprenden otras cuestiones como la imposibilidad de llevar auriculares, hacer uso del móvil o conducir con presencia de drogas en el organismo.