Esta semana ha entrado en vigor la nueva Renta Valenciana de Inclusión (RVI), una ayuda de entre 790 y 1.620 euros al mes destinada a familias o personas que tienen problemas para cubrir sus necesidades y llegar a fin de mes.
Esta prestación existe en la Comunitat Valenciana desde el año 2017 y actualmente más de 56.000 personas son beneficiarias, pero se ha reformado por completo. Ahora, la RVI es de gestión autonómica, se ha ajustado al coste de vida actual, cuenta con un complemento de hasta el 30 % extra por alquiler o hipoteca y es compatible con un sueldo durante un máximo de 12 meses.
La actualización de las condiciones no implica que las personas que ya eran beneficiarias pierdan la ayuda o dejen de ser aptas, sino que se amplían los supuestos para nuevas altas.
La ayuda base parte de los 793,80 euros al mes para una persona sola y escala de forma gradual en función del tamaño de la unidad familiar hasta un máximo de 1.247,40 euros para familias de seis o más miembros. Cantidades ampliables hasta un 30 % extra si se dispone de contrato de alquiler o hipoteca vigente.
Además, la concesión de la RVI acredita a los beneficiarios como personas en situación de exclusión social, por lo que incluye otras prestaciones como la gratuidad de los medicamentos recetados, beca completa de comedor escolar y cobertura total de los libros de texto y material escolar.
Requisitos y cómo solicitar la Renta Valenciana de Inclusión
Para optar a la Renta Valenciana de Inclusión es imprescindible cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar empadronado y acreditar residencia habitual en la Comunitat Valenciana durante al menos tres años.
- Acreditar una situación económica insuficiente para la subsistencia de la unidad de convivencia (ingresos mensuales y patrimonio por debajo de los límites del subsidio).
- Haber solicitado y tramitado previamente todas las prestaciones, subsidios y pensiones a las que los miembros del hogar pudieran tener derecho (como el Ingreso Mínimo Vital estatal, prestaciones por desempleo, pensiones contributivas o no contributivas).
- Escolarización y asistencia obligatoria a clase de los menores de la vivienda, en cualquiera de las etapas de la enseñanza obligatoria que se encuentren (incluida la educación infantil gratuita de 0 a 3 años).
- Asumir un compromiso activo con la búsqueda de empleo e inclusión laboral.
Es posible presentar la solicitud durante todo el año mediante cualquiera de estas tres vías:
- Por internet: a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana. Requiere identificación digital (certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve).
- De forma presencial en oficinas PROP, registros oficiales de la Generalitat Valenciana o ayuntamientos. Es necesario entregar el formulario impreso, relleno y firmado.
- En las oficinas de Servicios Sociales municipales. El personal puede ayudaros a facilitar la cumplimentación de los documentos y enviar el registro a la Conselleria.
Es posible recibir más información al respecto llamando al 012 o al 963 866 000. También se puede encontrar toda la información ampliada en la página web de la Conselleria de Serveis Socials.